Actividades: Comunicación previa en materia económica
por Internet Presencial
Estado: Abierto
Fecha límite: En plazo
Descripción
La comunicación previa es el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Estos requisitos estarán recogidos de manera expresa y clara en la correspondiente comunicación previa.
Las comunicaciones previas producirán los efectos que se determinen en cada caso por la legislación correspondiente y permiten el reconocimiento o ejercicio de un derecho, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.
Ámbito de aplicación
Están sujetas al procedimiento de comunicación previa la apertura, instalación, ampliación o modificación de actividades o actuaciones delimitadas por esta Ordenanza en el Anexo I o aquel que lo sustituya, siempre que concurran la totalidad de las siguientes condiciones:
- Que el local se encuentre en condiciones reales de funcionamiento al tiempo de presentar la comunicación previa por no precisar de la ejecución de obra alguna para el ejercicio de la actividad, o que necesitando ejecución de obra, ésta no requiera proyecto técnico conforme a la Ley38/1999, de Ordenación dela Edificación.
- Que la actividad de que se trate esté dentro de un uso permitido o tolerado, de acuerdo al Planeamiento urbanístico y ordenanzas municipales.
- Que no precisen de licencia ambiental clasificada.
- Que no tenga incidencia en el patrimonio histórico-artístico o supongan uso privativo u ocupación de dominio público.
Este procedimiento de comunicación previa no afecta a la necesidad de disponer de otras licencias o autorizaciones exigidas por la legislación de espectáculos públicos u otra legislación sectorial.
Dirigido a
Cualquier persona física o jurídica, o su representante legal, que pretendan efectuar cualquier tipo de actividad comercial minoristas y a la prestación de determinados servicios para la eliminación de cargas y restricciones administrativas existentes que afectan al inicio y ejercicio de la actividad comercial, en particular, para la supresión de las licencias de ámbito municipal vinculadas con los establecimientos comerciales, sus instalaciones y determinadas obras previas.
¿Cómo realizar el trámite?
Por Internet:
Puedes acceder desde aquí a la sede electrónica para realizar este trámite. Necesitarás identificarte con el servicio de PIN 24 Horas o con un certificado electrónico.
De manera presencial:
Se puede entregar personalmente el formulario.
¿Dónde presentarlo?
- En el Registro General del Ayuntamiento de Huesca. Plaza de la Catedral, s/n, Huesca. Horario: de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Documentación necesaria
Se debe aportar la siguiente documentación:
- Modelo de comunicación previa. Deberá identificar inequívocamente la referencia catastral y/o finca, polígono y parcela, de manera que no puedan producirse dudas acerca de su situación (solo en el caso presencial).
- Fotocopia del DNI o Tarjeta de Identificación Fiscal del solicitante.
- Justificante de pago de la tasa por la intervención municipal en el otorgamiento de licencias de apertura de establecimientos y de actividad clasificada.
- Memoria descriptiva y detallada firmada por técnico competente en el que se justifique el cumplimiento dela Normativa vigente de aplicación para la actividad objeto dela Comunicación previa.
- Planos acotados a escala de emplazamiento, plantas, alzados y secciones del local.
- Fotografías del establecimiento (interior y exterior) en su estado actual.
- Certificado técnico sobre cumplimiento de normativa y planeamiento urbanístico (Anexo II).
- Si dispone de equipo de climatización, justificación cumplimiento de la Ordenanza de Protección de Medio Ambiente.
En caso de ser necesarias obras, se solicitarán de forma conjunta con la Comunicación previa económica mediante la presentación de los modelos:
- Declaración responsable en materia urbanística.
- Comunicación previa en materia urbanística.
Órgano gestor
Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Huesca.
Normativa
- Ordenanza fiscal 10
- Plan General de Ordenación Urbana
- Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección ambiental de Aragón. Anexo V – Actividades excluidas de licencia ambiental de actividades clasificadas
- Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado
- Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Disposición final séptima.
- Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
- Ley 3/2012, de 8 de marzo, de Medidas Fiscales y administrativas dela Comunidad Autónoma de Aragón.
- Decreto legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, Ley de Urbanismo de Aragón
- Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración local de Aragón (Art. 193 y siguientes)
- Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales aprobado por Decreto 347/2002 de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón (Art. 138-163)
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (LRJ-PAC)
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. (Art. 100 y siguientes)