Procedimiento para ejercer los derechos en materia de protección de Datos de Carácter Personal
por Internet Presencial
Estado: Abierto
Fecha límite: En plazo
Descripción
2.1. Derecho de acceso
El derecho de acceso, regulado en el artículo 15 del Reglamento General de Protección de Datos (en adelante, "RGPD"), hace referencia al derecho que tiene toda persona a obtener información sobre el tratamiento de sus datos personales.
El titular de estos datos de carácter personal tiene derecho a conocer:
- Fines del tratamiento.
- Categoría de datos que se traten por parte del Ayuntamiento de Huesca.
- Los destinatarios de los datos en caso de comunicaciones y/o transferencias internacionales.
- El plazo de conservación de los datos cuando sea posible y/o de no ser posible los criterios utilizados para determinar ese plazo.
- La existencia del derecho del interesado a solicitar al responsable la rectificación o supresión de sus datos personales, la limitación del tratamiento de sus datos personales u oponerse a ese tratamiento.
- El derecho a presentar reclamación ante una Autoridad de Control.
- En el caso de que los datos no se hayan obtenido del interesado, cualquier información sobre su origen.
- La existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles.
Respecto al ejercicio de este derecho de acceso, encontramos una serie de especialidades:
- Cuando el Ayuntamiento de Huesca trate una gran cantidad de información relativa al interesado y éste ejercite su derecho de acceso sin especificar si se refiere a todos o a una parte de los datos, el Ayuntamiento de Huesca podrá solicitar, antes de facilitar la información, que se especifique los datos o actividades de tratamiento a los que se refiere su solicitud.
- El derecho de acceso se entenderá otorgado si el Ayuntamiento de Huesca facilita al interesado un sistema de acceso remoto, directo y seguro a los datos personales que garantice, de modo permanente, el acceso a su totalidad.
- Cuando el interesado elija un medio distinto al que se le ofrece, asumirá los riesgos y los costes desproporcionados que su elección comporte.
- Se podrá considerar repetitivo el ejercicio del derecho de acceso en más de una ocasión durante el plazo de seis meses, a menos que exista causa legítima.
2.2. Derecho de rectificación
El derecho de rectificación, en virtud del artículo 16 del RGPD, supone la posibilidad de que, el titular de dichos datos obtenga la modificación de sus datos personales inexactos o incompletos, debiendo en la solicitud de rectificación indicar qué datos desea que se modifique o corrijan. A dicha solicitud, el titular de los datos deberá acompañar la documentación justificativa en la que base su pretensión.
El Ayuntamiento de Huesca deberá, según lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, bloquear los datos personales cuando el interesado ejerza su derecho de rectificación.
Los datos bloqueados quedarán a disposición de las autoridades de protección de datos, para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas del tratamiento y por el plazo de prescripción de las mismas. Los datos bloqueados no podrán ser tratados para ninguna finalidad distinta de las así señaladas.
2.3. Derecho de supresión
El derecho a la supresión, regulado en el artículo 17 del RGPD hace referencia al derecho a obtener sin dilación indebida la supresión de los datos personales que conciernan al interesado cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Los datos personales ya no sean necesarios en relación con la finalidad para la que fueron recogidos.
- El interesado retire su consentimiento para el tratamiento.
- El interesado se oponga al tratamiento.
- Los datos hayan sido tratados ilícitamente.
- En cumplimiento de una obligación legal.
- Se hayan obtenido en relación con la oferta de servicios de la sociedad de la información.
El Ayuntamiento de Huesca deberá, según lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, bloquear los datos personales cuando el interesado ejerza su derecho de supresión en una serie de supuestos.
Los datos bloqueados quedarán a disposición de las autoridades de protección de datos, para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas del tratamiento y por el plazo de prescripción de las mismas. Los datos bloqueados no podrán ser tratados para ninguna finalidad distinta de las así señaladas.
2.4. Derecho de limitación del tratamiento
El derecho de limitación del tratamiento, recogido en el artículo 18 del RGPD, hace referencia al derecho que tiene la persona afectada en obtener la limitación del tratamiento de sus datos personales que realiza el responsable, si bien en los siguientes supuestos:
- Cuando el interesado impugne la exactitud de los datos personales, durante un plazo que permita al responsable verificar la exactitud de los mismos.
- Cuando el tratamiento sea ilícito y el interesado se oponga a la supresión de los datos y solicite en su lugar la limitación de su uso.
- En el caso de que el responsable ya no necesite los datos personales para los fines del tratamiento, pero el interesado los necesite para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
- Cuando el interesado se haya opuesto al tratamiento, por motivos relacionados con su situación particular, mientras se verifica si los motivos legítimos del responsable prevalecen sobre los del interesado.
El Ayuntamiento de Huesca deberá, según lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, bloquear los datos personales cuando el interesado ejerza su derecho de supresión en una serie de supuestos.
Los datos bloqueados quedarán a disposición de las autoridades de protección de datos, para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas del tratamiento y por el plazo de prescripción de las mismas. Los datos bloqueados no podrán ser tratados para ninguna finalidad distinta de las así señaladas.
2.5. Derecho de oposición
El derecho de oposición, recogido en el artículo 21 del RGPD, es el derecho del afectado a que no se lleve a cabo el tratamiento de sus datos de carácter personal en los siguientes supuestos:
- Cuando el tratamiento de los datos personales se base en una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable, incluida la elaboración de perfiles.
- Cuando el tratamiento de los datos personales tenga como finalidad la mercadotecnia directa.
- Cuando el tratamiento de los datos personales se trate con fines de investigación científica, histórica o fines estadísticos.
En estos supuestos, el responsable del tratamiento dejará de tratar los datos personales, salvo que acredite motivos legítimos imperiosos para el tratamiento que prevalezcan sobre los intereses, los derechos y las libertades del interesado, o para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
2.6. Derecho a no ser objeto de decisiones basadas en tratamientos automatizados de datos
En virtud del artículo 22 del RGPD, todo interesado tendrá derecho a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, que produzca efectos jurídicos en él o le afecte significativamente de modo similar. Existen una serie de excepciones en las que su aplicación no se llevará a cabo:
- Cuando la decisión no sea necesaria para la celebración o a la ejecución de un contrato entre el interesado y un responsable del tratamiento.
- Cuando la decisión esté autorizada por el Derecho de la Unión o de los Estados Miembros que se aplique al responsable del tratamiento y, además, establezca las medidas adecuadas para salvaguardar los derechos y libertades y los intereses legítimos del interesado.
- Cuando la decisión se haya basado en el consentimiento explícito del interesado.
Plazos
Puedes realizar este trámite en cualquier momento.
Dirigido a
Cualquier persona física.
¿Cómo realizar el trámite?
Por Internet:
Puedes acceder desde aquí a la sede electrónica para realizar este trámite. Necesitarás identificarte con el servicio de PIN 24 Horas o con un certificado electrónico.
De manera presencial:
Se puede entregar personalmente el formulario.
¿Dónde presentarlo?
- En el Registro General del Ayuntamiento de Huesca. Plaza de la Catedral, s/n, Huesca. Horario: de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud (solo en el caso presencial).
- Documentación justificativa del derecho que se ejerza en cada caso.
- Fotocopia del DNI o documento equivalente que acredite la identidad y sea considerado válido en derecho. En caso de que se actúe a través de representación legal deberá aportarse, además, DNI y documento acreditativo de la representación del representante.
Tributos
Su ejercicio es gratuito. Cuando las solicitudes sean manifiestamente infundadas o excesivas, especialmente debido a su carácter repetitivo, el responsable del tratamiento podrá cobrar un canon razonable en función de los costes administrativos afrontados para facilitar la información o la comunicación o realizar la actuación solicitada, o negarse a actuar respecto de la solicitud.
Órgano gestor
Delegado de Protección de Datos del Ayuntamiento de Huesca: ECOMPUTER, S.L
- CIF: B22258982
- Contacto: dpd@huesca.es
Normativa
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)