Trámites

Desde el Ayuntamiento se intenta agilizar al máximo los trámites a los que tiene que hacer frente una empresa cuando va a iniciar una actividad en la ciudad, o necesita trasladarse, o cualquier otra acción que requiera una licencia o comunicación municipal.

Desde el Área de Desarrollo se informa de los trámites genéricos que debe llevar a cabo una empresa para estas actividades, que luego se gestionarán desde el Área de Urbanismo.

 

Bonificaciones fiscales

El Ayuntamiento ha puesto en marcha una serie de bonificaciones fiscales que pueden aplicarse las empresas que están instaladas en la ciudad o que pretenden abrir un nuevo centro de trabajo, de manera que sea un punto adicional más que favorezca la atracción de inversiones. Algunas de las bonificaciones más destacables son las siguientes:
 

1) Se establece una bonificación de hasta el 95% a favor de las construcciones, instalaciones y obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir las siguientes circunstancias que justifiquen tal declaración:

1.1) SOCIALES: se podrá aplicar en las siguientes construcciones, instalaciones y obras:

- Aquellas a desarrollar en Polígonos Industriales, en el Polígono Walqa o en el Polígono Plhus siempre que no vayan a ser destinadas a la implantación de actividad comercial, tendrán una bonificación del 95% del impuesto.

- Aquellas en las que se utilicen calderas de biomasa para calefacción y agua sanitaria, tendrán una bonificación del 50% del impuesto.

1.2) FOMENTO DEL EMPLEO: gozarán de una bonificación aquellas empresas que realicen obras que incurran en el hecho imponible de este impuesto y lleven consigo la creación o incremento de puestos de trabajo con contrato indefinido en su plantilla, con arreglo a los siguientes porcentajes:

Nº de empleados     % bonificación     % bonificación incrementado

De 1 a 4                               50%                              70%

De 5 a 10                             60%                              80%

De 11 a 25                           80%                              90%

De más de 25                      90%                              95%

El porcentaje de bonificación incrementado se aplicará cuando al menos la mitad de los nuevos trabajadores con contrato indefinido provengan de una situación de desempleo de larga duración o tengan más de 45 años, sean jóvenes hasta 25 años o que accedan a su primer empleo, mujeres, o personas con un grado de minusvalía superior al 65% y estén empadronados en Huesca.

 

2) Se establece una bonificación del 90% de la cuota del impuesto de construcciones, instalaciones y obras a favor de aquéllas que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de personas con discapacidad, siempre que no sean obligatorias por disposición legal aplicable al respecto.

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