Asimismo, cada uno de los componentes y sus respectivas reformas o inversiones, contemplan una serie de hitos y objetivos para el periodo de ejecución del Plan, congruentes entre ellos y que se refuerzan entre sí para multiplicar el impacto en términos de recuperación del crecimiento económico y de la creación de empleo, de modernización de la economía española y de respuesta a los retos de la próxima década. Estos hitos y objetivos se describen en los documentos correspondientes a cada componente. En este contexto, el sistema de control del MRR realiza un seguimiento tanto en términos de ejecución financiera como de consecución de estos hitos y objetivos, pero ajustando estos elementos a los especiales requerimientos del Plan, en especial la prevención, detección y corrección del fraude y la corrupción, el conflicto de intereses y la doble financiación, con tres niveles o líneas de defensa:
- En primer lugar, el control por los propios gestores y los sistemas de apoyo, con un sistema informático integrado de gestión del Plan, que permitirá el almacenamiento y el seguimiento de toda la información relacionada, así como la articulación con los sistemas de control de la Comisión (ARACHNE), facilitando también el acceso a esta información de los órganos de control de la Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), fiscalía o Tribunal de Cuentas Europeo.
- Un segundo nivel encomendado a órganos independientes de la propia gestión (servicio jurídico, IGAE y otros órganos de control interno).
- Y un tercer nivel, de control ex-post mediante auditorías, siendo la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) la Autoridad de Control del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Así, este Plan se ha aprobado conforme al marco establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante MRR), y por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que, entre otras medidas, recoge modificaciones y simplificaciones normativas en el ámbito contractual a efectos de garantizar que la contratación pública sea rápida y eficiente.
En este contexto, también cabe destacar como complemento de esta regulación las Instrucciones de la Junta Consultiva de Contratación del Estado de 11 de marzo de 2021 y de 23 de diciembre de 2021 que, aunque vinculante para los órganos de contratación del sector público estatal, para el sector público autonómico se aprueba con el fin de que sirva de guía para una aplicación uniforme por parte de todos los órganos de contratación.
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