Serán obras subvencionables las actuaciones de Rehabilitación detalladas en los art. 36.1, 36.2, 43 y 51.1.a) del RD 106/2018.
-
Actuaciones para la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de las viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.
-
Actuaciones en los edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, incluidas las que se realicen en el interior de sus viviendas, que se dirijan a la mejora de su eficiencia energética y sostenibilidad.
-
Actuaciones de conservación.
-
Actuaciones para la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad.
-
Actuaciones relativas a la ejecución de obras o trabajos de mantenimiento e intervención en las viviendas unifamiliares y en los edificios, incluso en el interior de las viviendas, instalaciones fijas, equipamiento propio y elementos comunes, a fin de adecuarlos a los estándares previstos por la normativa vigente
Consulta aquí el Anexo II con todos los detalles.
Utilizamos cookies propias y de terceros para analizar nuestros servicios y mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Puedes obtener más información y configurar tus preferencias aquí