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- Cómo accedo a la zona peatonal si soy:
- Clientes de establecimientos comerciales
¿Pueden acceder los vehículos de clientes de establecimientos comerciales situados en la zona peatonal?
- Sí, en los casos de farmacias de guardia y otros establecimientos cuando se lleven o recojan productos pesados o voluminosos.
¿Cómo puede solicitar el acceso?
- El establecimiento comercial deberá de remitir, en el plazo máximo de una semana, la relación de matriculas de los vehículos que hayan accedido a la zona peatonal.
¿Cómo deben de circular los vehículos autorizados por la zona peatonal?
- Deben de acceder y salir por la entrada más cercana al establecimiento.
- Pueden permanecer en la zona peatonal un tiempo máximo de 30 minutos.
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