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- Cómo accedo a la zona peatonal si soy:
- Establecimientos de hospedaje
- Acceda aquí para solicitar : Acceso rodado a zona peatonal permanente
¿Puedo seguir usando la anterior autorización?
- Sí, hasta que sea sustituida por la nueva. (La sustitución la hará el Ayuntamiento de oficio).
¿Cómo puedo darme de alta como comerciante?
- Presentando la solicitud y la documentación del vehículo.
¿Cuántos vehículos puedo dar de alta por cada comercio?
- Dos vehículos por comercio.
- Excepcionalmente se puede solicitar permiso para más vehículos: Debe de justificarse la necesidad y resuelve el Ayuntamiento.
¿Cuánto tiempo puedo tener mi vehículo estacionado en la zona peatonal?
Su vehículo no podrá estar aparcado más de 30 minutos en la zona peatonal.
¿Tengo limitada la estancia en la zona peatonal a 45 minutos?
Sí. El tiempo máximo de permanencia en la zona peatonal no superará los 45 minutos.
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