Segunda Residencia

 

 

¿Puedo seguir usando la anterior autorización?

- Sí, hasta que sea sustituida por la nueva. (Se requerirá la renovación desde el Ayuntamiento).

 

¿Cómo puedo dar de alta como segunda residencia?

- Presentando documentación que acredite la segunda residencia (recibos).
- Presentando la documentación del vehículo.

 

¿Puedo dar de alta más de un vehículo?

- No.

 

¿Cuánto tiempo puedo tener mi vehículo estacionado en la zona peatonal?

Su vehículo no podrá estar aparcado más de 30 minutos en la zona peatonal.
 
 

¿Tengo limitada la estancia en la zona peatonal a 45 minutos?

Sí. El tiempo máximo de permanencia en la zona peatonal no superará los 45 minutos.

 

Utilizamos cookies propias y de terceros para analizar nuestros servicios y mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Puedes obtener más información y configurar tus preferencias aquí