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- Cómo accedo a la zona peatonal si soy:
- Segunda Residencia
- Acceda aquí para solicitar : Acceso rodado a zona peatonal permanente
¿Puedo seguir usando la anterior autorización?
- Sí, hasta que sea sustituida por la nueva. (Se requerirá la renovación desde el Ayuntamiento).
¿Cómo puedo dar de alta como segunda residencia?
- Presentando documentación que acredite la segunda residencia (recibos).
- Presentando la documentación del vehículo.
¿Puedo dar de alta más de un vehículo?
- No.
¿Cuánto tiempo puedo tener mi vehículo estacionado en la zona peatonal?
¿Tengo limitada la estancia en la zona peatonal a 45 minutos?
Sí. El tiempo máximo de permanencia en la zona peatonal no superará los 45 minutos.
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