Deportes / Subvenciones para equipos en competiciones de categoría nacional 2025

por Internet

Estado: Abierto

Fecha límite: 26/03/2025 (Solicitud); 30/10/2025 (Justificación)

Descripción

Convocatoria mediante régimen de concurrencia competitiva abierta ayudas a equipos deportivos en competiciones nacionales en el año 2025.

- Para los equipos en que su modalidad deportiva esté a caballo entre dos años, las fechas subvencionables son del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2025.

- Cuando la especialidad deportiva sea con el año natural, el periodo subvencionable será del 16 de octubre de 2024 al 20 de octubre de 2025.

Plazos

  • Plazo de solicitud: del 6 al 26 de marzo de 2025
  • Plazo de justificación: hasta el 30 de octubre de 2025

Dirigido a

A los efectos de la presente convocatoria, se entiende por categoría nacional aquellas competiciones en las que se compita en más de una comunidad autónoma y que la Federación organizadora sea la española y sea un campeonato o liga de España oficial. (Federación reconocida oficialmente por el C.S.D.) 

  • No se admiten equipos que compitan en Aragón en una liga regular y que luego tengan una fase de sector nacional en función de sus resultados regulares. 
     
  • No se admiten solicitudes en las que se desconozca la categoría en la que participa.
     
  • Un club no puede presentar más de un equipo masculino y/o femenino que cumpla esos requisitos, o del mismo género que ya haya presentado a la convocatoria de máxima categoría.
     
  • Quedan excluidos los deportes en los que la participación es individual o parejas, pero puntúan para un ranking nacional. No se consideran como equipo a efecto de estas bases, los deportes por parejas. No se permiten equipos de menos de tres personas.
     
  • Estará dado de alta en el Registro de Asociaciones Ciudadanas del Ayuntamiento de Huesca.
     
  • Quedan excluidos aquellos equipos que ya reciban ayuda por otra área del Ayuntamiento. Es incompatible con la recepción de otras ayudas municipales.
     
  • Quedan excluidos los equipos que, habiendo recibido las mismas subvenciones en el ejercicio anterior, no las hayan justificado o no hayan cumplido el fin de las mismas con un informe negativo de su justificación (art. 9 b) Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.

Requisitos y observaciones

¿Cómo realizar el trámite?

Por Internet:

A través de registro electrónico. Necesitarás identificarte con certificado electrónico o con el servicio de PIN 24 Horas

Documentación necesaria

Para solicitar la subvención:

La solicitud de subvención irá acompañada con un proyecto, especificando en todo caso:

a) Memoria resumen (Anexo 1.1)

  • Breve descripción del equipo y de su categoría encuadrada en la federación correspondiente. Categoría deportiva y de edad.
  • Fecha de inicio y final de la temporada. 
  • Descripción del organigrama deportivo del club con sus diferentes secciones, equipos, escuelas, personal técnico, etc., en función de cómo esté organizado. 
  • Localidades de dichas competiciones y distancia kilométrica a las mismas.
  • Otros aspectos recogidos en el anexo 1.1

b) Presupuesto económico de la misma equilibrado en ingresos y gastos. Desglosando el capítulo de gastos e ingresos (Anexo 1.2). El presupuesto será el propio del equipo, no el del club.

c) Calendario oficial de la federación española donde participa el equipo para el que se pide la ayuda.

d) Declaración responsable. (Anexo 1.3)
 

Para la justificación de la subvención:

Deberá presentarse, hasta del 30 de octubre, la memoria y la certificación de los gastos de la misma que incluirá:

1.-Memoria final con los resultados deportivos y viajes realizados. Memoria de actuación (Anexo 2.1) justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. En la memoria deberá constar expresamente que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto y, en su caso, proyecto presentado y, en su caso, una evaluación de los resultados obtenidos respecto a los previstos".

2.- Material gráfico en el que conste la colaboración del Ayuntamiento de Huesca según punto quinto b de esta convocatoria.

3.- Relación individualizada de todos los gastos de la actividad con sus conceptos ordenada correlativamente y que será sumada al final de la relación (Anexo 2.2). Habrá que justificar el 100% del presupuesto  de gastos presentado para el equipo. En caso de que no se justifique el 100% de lo presupuestado, la cantidad concedida de subvención se reducirá proporcionalmente al porcentaje de justificación efectiva sobre el presupuesto de gastos presentado.

Los documentos justificativos de los gastos y de los pagos estarán presentados en documento único numerados de forma correlativa en el mismo orden en el que están en la relación del Anexo 2.2 Cada una de las facturas, documentos de pago contable, etc, irán seguidos y asociados de su correspondiente  justificante de pago (recibo o apunte bancario inequívoco del pago).

4.- Original o fotocopia compulsada de las facturas originales por los gastos de la actividad. 

5.- Los gastos superiores a 300 € sólo podrán ser justificados mediante justificante bancario. Las de 300 € o menos, si no hay justificante bancario, deberá tener la firma de recibí o pagado. Estos justificantes, no podrán ser recurrentes mensualmente. 

6.- Una declaración jurada (Anexo 2.3) sobre la obtención o no de otras ayudas e ingresos para el mismo equipo. En el caso de que el equipo haya sido financiado, además de con la subvención del Ayuntamiento de Huesca, con fondos propios u otras subvenciones o recursos públicos o privados, dicha declaración se acompañará de una relación detallada de esos otros ingresos o subvenciones, con la indicación del importe y procedencia.

7.- Certificado de la Agencia Tributaria como que el club o asociación no consta que haya presentado la Declaración Resumen Anual del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al ejercicio del año en curso. En caso que la asociación esté obligada a presentar la declaración de IVA, los gastos imputados a la justificación de gastos será la cantidad sin IVA.
 

Órgano gestor

Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión de Valoración, compuesta por tres técnicos.

El órgano competente para resolver el procedimiento es la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Huesca.

Normativa

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