Ayudas para la rehabilitación de viviendas en Casco Histórico y Ensanche

por Internet Presencial

Estado: En Plazo

Fecha límite: 02/12/2024

Descripción

El Ayuntamiento de Huesca pone en marcha un programa de ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas. El objetivo es llevar a cabo una renovación progresiva del parque de viviendas y de edificios con un enfoque integral.

 

Fase 2(actual): CASCO HISTÓRICO Y ENSANCHE.

 

Plazos

SOLICITUDES: del 1 de octubre 2024 al 2 de diciembre 2024

EJECUCIÓN: las actuaciones deberán finalizar antes del 1 de junio de 2026

JUSTIFICACIÓN DE LA ACTUACIÓN: una vez finalizadas las obras, antes del 15 de septiembre de 2026

Dirigido a

Rehabilitación de edificios residenciales y viviendas unifamiliares, situados en el ERRP (Entorno Residencial de Rehabilitación Programada) “Casco histórico y ensanche de la ciudad de Huesca. (Ver Plano delimitación ERRP – Anexo IV).

Requisitos y observaciones

Actuaciones subvencionables: 

Las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para viviendas, incluidas viviendas unifamiliares, siempre que se obtenga una reducción conjunta de al menos:     

  • 30% del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética del edificio.
  • 35% de la demanda energética anual de calefacción y refrigeración, referida a la certificación energética del edificio.

Las actuaciones se encuadran en edificios cuya antigüedad hace precisa una mejora o rehabilitación de sus fachadas, cubierta, sistemas de aislamiento, instalaciones, espacios, etc, El objetivo es llevar a cabo una renovación progresiva del parque de viviendas y de edificios con un enfoque integral, de modo que incluya, a título enunciativo y no limitativo, las siguientes actuaciones:

  • Rehabilitación energética de los edificios (mejora de la envolvente térmica, incorporación de aislamiento térmico en fachadas y cubiertas, sustitución de carpinterías, etc.).
  • Integración de fuentes de energía renovable en las instalaciones de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.
  • Implantación de tecnologías de generación de energía eléctrica mediante fuentes renovables en el edificio.
  • Mejora de la eficiencia energética de zonas comunes en los edificios rehabilitados.
  • Mejora de la accesibilidad del edificio.
  • Mejora de la seguridad de utilización
  • Actuaciones de conservación necesarias.
  • Eliminación de materiales contaminantes con contenido de amianto.

 

Otros gastos subvencionables: 

Se incluyen los gastos necesarios para el desarrollo del conjunto de actuaciones anteriores: gastos de gestión inherentes al desarrollo de las actuaciones, honorarios de los profesionales intervinientes, redacción de proyectos y dirección de obra, certificados e informes técnicos.

No son subvencionables gastos de licencias o tasas. Si lo es el IVA, siempre que no pueda ser susceptible de recuperación.

No serán subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.

 

Cuantía máxima de las ayudas:

La cuantía máxima de estas ayudas es proporcional al ahorro energético conseguido con la actuación, se establece una cuantía máxima por vivienda y un porcentaje límite del coste de la actuación:

Ahorro energético conseguido con la actuación % máximo de la subvención del coste de la actuación Cuantía máxima de la ayuda por vivienda
30% ≤ ΔCep,nren ≤ 45% 40% 8.100 €
45% ≤ ΔCep,nren ≤ 60% 65% 14.500 €
ΔCep,nren ≥ 60% 80% 21.400 €
  • En las actuaciones en los que haya que proceder a la retirada de elementos con amianto, podrá incrementarse la cuantía máxima de la ayuda hasta un máximo de 1.000 € por vivienda o 12.000 € por edificio, el que resulte superior.
  • En los casos en los que intervengan locales con otros usos, la cuantía máxima de la ayuda se podrá incrementar en función de la superficie de los mismos y el ahorro energético conseguido con la actuación.
     

¿Cómo realizar el trámite?

Por Internet:

A través de registro electrónico. Necesitarás identificarte con certificado electrónico o con el servicio de PIN 24 Horas

De manera presencial:

Registro General del Ayuntamiento de Huesca, Plaza de la Catedral 1. 22001

Documentación necesaria

Las SOLICITUDES se analizarán por orden de registro de entrada; la concesión de las ayudas se resolverá por estricto orden de presentación de solicitud completa y correcta, hasta agotar fondos. La documentación necesaria, se detallada en las Bases y Anexo I, engloba los siguientes documentos:

  • Modelos oficiales cumplimentados (Anexo I, solicitud; anexo II, Declaración Responsable  DRSH firmada por técnico competente; anexo V, Certificado del acta de la Comunidad de Vecinos, en caso preciso).
  • Libro Edificio Existente del edificio.
  • Proyecto de Ejecución o si la actuación no lo requiere, memoria justificativa. Aunque la actuación requiera proyecto, se puede aportar memoria justificativa, en este caso se podrá dictar resolución de concesión de ayuda provisional sujeta expresamente a la condición de presentar toda la documentación de proyecto en el plazo máximo de tres meses desde la notificación de la resolución de concesión.
  • Certificados de Eficiencia Energética del edificio, en su estado actual (Registrado en el registro de la comunidad autónoma) y de proyecto.
  • Reportaje fotográfico.
  • Contrato u oferta firmada y presupuesto desglosado por partidas, de los costes subvencionables. Cuando alguno de los costes subvencionables supere el importe de 40.000€, excluido IVA, se presentarán tres ofertas.
  • Título habilitante en materia urbanística, o solicitud de la misma.
     

Órgano gestor

Área de Urbanismo 

Normativa

Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Trámites relacionados

Protección de datos

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