Deportes / Subvenciones al deporte escolar 2024-2025

por Internet

Estado: Abierto

Fecha límite: 11/03/2025

Descripción

De acuerdo a la Ordenanza General de fecha 12 de abril de 2016, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Huesca y sus Entidades Dependientes publicada en el B.O.P el 13 de abril de 2016 y modificada el 19 de diciembre del 2017 en B.O.P. nº 239. 

La constitución española en su artículo 43.3 encomienda a los poderes públicos el fomento de la educación física y el deporte. Dentro del ámbito competencial que el artículo 7 de la  Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón da a los municipios Aragoneses, y con el objeto de apoyar el fomento del deporte.

Convocar mediante régimen de concurrencia competitiva abierta ayudas al deporte en edad escolar en el municipio de Huesca en el curso 2024-2025.
 

Plazos

  • Plazo de solicitud: del 20 de febrero al 11 de marzo de 2025
  • Pazo de justificación:  hasta el 30 de junio de 2025

Dirigido a

  • Podrán solicitar ayuda las siguientes entidades o asociaciones legalmente constituidas del Municipio de Huesca: Asociaciones de Padres, Departamentos de Actividades Extraescolares de los diferentes Centros Escolares y Clubes Deportivos.
  • Las Entidades solicitantes no podrán tener equipos en competiciones federadas en categorías inferiores a infantil (edades de educación primaria), a excepción de los deportes de atletismo y ajedrez.
  • Quedan excluidos aquellos grupos que ya reciban ayuda por otra área del Ayuntamiento. Es incompatible con la recepción de otras ayudas municipales.
  • Quedan excluidas entidades que en convocatorias de subvenciones anteriores hayan incumplido el fin de las mismas con un informe negativo de su justificación.
  • Es obligatorio estar inscrito en el registro de Asociaciones Ciudadanas del Ayuntamiento de Huesca.
  • Quedan excluidos los que en el caso de que la subvención se solicite para un mismo destino y finalidad que en ejercicio anterior no hayan justificado las mismas o no hayan cumplido el fin de las mismas con un informe negativo de su justificación (art. 9 b) del decreto legislativo 2/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones de Aragón.
     

Requisitos y observaciones

¿Cómo realizar el trámite?

Por Internet:

A través de registro electrónico. Necesitarás identificarte con certificado electrónico o con el servicio de PIN 24 Horas

Documentación necesaria

La solicitud de subvención irá acompañada de:

1.- Un proyecto y una memoria económica equilibrada de ingresos y gastos del coste de los grupos presentados (Anexo I.1 y Anexo I.2).
2.- Una relación de alumnos y alumnas por cada equipo, especificando el nivel, el deporte o actividad física, lugar de realización, horario, profesor o monitor, etc..., en modelo normalizado. (Anexo I.4).
3.- Modelo 481 impreso de inscripción en los juegos escolares de Aragón de cada uno de los grupos presentados.
4.- Justificante de haber pagado la mutualidad general deportiva de todos los grupos presentados.
5.- Certificado del Secretario del centro de secundaria al que pertenecen los alumnos como que todos los alumnos que se presentan pertenecen dicho centro escolar.
6.- Presentar una autorización al Ayuntamiento de solicitar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria el certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias con dicho Organismo y con la Seguridad Social, en su caso.
7.- Una declaración jurada (Anexo I.3) sobre la obtención o no de otras ayudas para el mismo equipo. En el  caso de que el equipo haya sido financiado, además de con la subvención del Ayuntamiento de Huesca, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, dicha declaración se acompañará de una relación detallada de esos otros ingresos o subvenciones, con la indicación del importe y procedencia.

La Justificación de la subvención irá acompañada de:

1.- Memoria de actuación (Anexo II.1) justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. En la memoria deberá constar expresamente que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto y, en su caso, proyecto presentado y, en su caso, una evaluación de los resultados obtenidos respecto a los previstos".
2.- Material gráfico o publicitario en el que conste la colaboración del Ayuntamiento de Huesca en la actividad. Dicha publicidad no será sexista ni homófoba.
3.- Relación individualizada de todos los gastos de los grupos con sus conceptos que será sumada al final de la relación (Anexo II.2). Habrá que justificar el 100% del presupuesto  de gastos presentado para la actividad. En caso de que no se justifique el 100% de lo presupuestado, la cantidad concedida de subvención se reducirá proporcionalmente al porcentaje de justificación efectiva sobre el presupuesto de gastos presentado.
4.- Facturas y otros documentos de gastos de la actividad, justificante bancario o recibí firmado por el perceptor, debiendo incluir este documento el D.N.I., la firma y el importe percibido. 
5.- Justificación del ingreso o pago de dichas facturas o documentos. Los gastos superiores a 300 € sólo podrán ser justificados mediante justificante bancario. Los justificantes de pago menores de trescientos euros deberán contener la firma del recibí oportuno del beneficiario.
6.- Los documentos justificativos de los gastos y de los pagos estarán presentados en documento único numerados de forma correlativa en el mismo orden en el que están en la relación del Anexo II.2 Cada una de las facturas, documentos de pago contable, etc, irán seguidos correlativamente y asociados  de su correspondiente  justificante de pago (recibo o apunte bancario inequívoco del pago).
7.- Una declaración jurada (Anexo II.3) sobre la obtención o no de otras ayudas para el mismo equipo. En el  caso de que el equipo haya sido financiado, además de con la subvención del Ayuntamiento de Huesca, con fondos propios, cuotas de alumnado u otras subvenciones o recursos, dicha declaración se acompañará de una relación detallada de esos otros ingresos o subvenciones, con la indicación del importe y procedencia. En ningún caso, la suma de ingresos contando las subvenciones recibidas será superior al presupuesto presentado y  justificado.
8.- Certificado de la Agencia Tributaria de no estar obligada la asociación a hacer la declaración de IVA. En caso que la asociación esté obligada a presentar la declaración de IVA, los gastos imputados a la justificación de gastos será la cantidad sin IVA.

Órgano gestor

Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión de Valoración, compuesta por tres técnicos.

El órgano competente para resolver el procedimiento es el Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Huesca.

Normativa

Trámites relacionados

Protección de datos

Subvenciones deportivas

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